Los compromisos del Miembro Padre que recibe

 El Miembro Padre que suscribe un Contrato de intercambio lingüístico con otro Miembro Padre con la finalidad de recibir a un niño/niña:

  1. se compromete a recibir gustosamente al niño/la niña en su familia y cuidar adecuadamente de su bienestar físico durante el periodo de la estancia;
  2. se compromete a ayudar al niño/la niña a adaptarse a su nuevo estilo de vida y a hacer todo lo que esté en sus manos para que el niño/la niña disfrute y aproveche su estancia;
  3. se compromete a avisar a la otra familia con prontitud en caso de que surja algún problema durante la estancia del niño;
  4. se compromete, junto a su familia, a hablar con el niño/la niña, y en su presencia, en el idioma meta de la estancia;
  5. garantiza que toda la información publicada en su perfil es verdadera;
  6. declara que, de buena fe, ha proporcionado a la otra familia toda la información sobre sí mismos y su hijo/hija que pueda afectar a la estancia, en particular la información relacionada con asuntos de salud o emocionales;
  7. se compromete, en la medida de lo posible, a respetar los deseos del otro miembro señalados en el Contrato;
  8. es consciente de la posibilidad de que todo o parte del intercambio no tenga lugar en la fecha acordada por causa de alguna de las dos familias. En ese caso, si él/ella es responsable del problema, se compromete a encontrar una solución que sea satisfactoria para las dos familias;
  9. es consciente de que puede haber diferencias imprevistas en las condiciones de las dos estancias de intercambio (alojamiento, excursiones, actividades de ocio, costumbres dietéticas, etc.).